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Todas las personas precisamos de un espacio material íntimo, un lugar donde radican nuestros efectos personales y queridos y en donde sentirnos cobijados. Un sitio que no queremos bajo ningún concepto que sea invadido y en el que cualquiera que pueda acceder ha de hacerlo con nuestro conocimiento, con nuestro consentimiento y aceptando nuestras condiciones.

Piensen ustedes en cuál es el espacio íntimo que quieren y precisan preservar.

Es posible que hayan pensado en una habitación, en un piso o en una casa; a lo mejor han pensado en su propio ordenador, o incluso (no se sientan nada extraños si lo han hecho) en su tablet o en su  teléfono móvil.

Seguro que nadie de quienes están leyendo estas líneas en este momento consentiría que alguien, sin motivo aparente (y obviamente sin su consentimiento), entrara en su domicilio para satisfacer su curiosidad, ni permitiría que accedieran a la información de su ordenador, y menos que fisgoneara en su teléfono móvil para ver qué aplicaciones tiene o con quien ha estado chateando.

Y harían bien. Es más, los comportamientos que he descrito en el párrafo anterior, podrían ser constitutivos de delito, e incluso traen aparejadas penas de prisión.

Ese espacio es sagrado, al igual que la información o datos que guardamos en ese lugar. No puede ser ni debe ser invadido, y ninguna ley puede autorizar que terceras personas accedan a él ni conocer qué contiene. Por eso nuestra Constitución dice en su artículo 18:

Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

Se garantiza el secreto de las comunicaciones y en especial, de las postales telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.

 La Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

La cuestión de la intimidad está íntimamente vinculada a otra que tiene una gran repercusión en nuestra vida diaria, la de la protección de datos. Quien más y quien menos ha escuchado ese concepto, que es relativamente nuevo para los que ya tenemos una edad (algunos incluso la hemos padecido). La relación es evidente: Toda la normativa relativa a la protección de datos está orientada a  proteger determinadas informaciones que atañen directamente a nuestra esfera más íntima.

¿Creen que nuestra intimidad puede ser invadida en una situación como la que nos encontramos?. ¿Se puede invadir nuestra esfera más íntima durante el estado de alarma con la intención de frenar la expansión y el contagio por coronavirus?

No es un tema fácil de explicar, pero la respuesta debe ser NO (algunos expertos dicen: no, con matices)

Que las grandes compañías manejan nuestros datos de localización o de actividad no nos tiene que sonar extraño. ¿Cuántas veces hemos entrado en un local de un sector concreto, y al poco tiempo  ha aparecido en nuestro teléfono móvil (al consultar una página web o al entrar en una red social) publicidad de compañías o empresas del mismo sector?  Eso (lo sabemos todos), es consecuencia directa de permitir acceder a las compañías (Apple o Google) a nuestra localización puntual en un momento dado (utilizando «maps» por ejemplo), y consentir que  nuestras localizaciones quedan almacenadas.

La posibilidad técnica existe, y de hecho, las compañías obtienen importantísimos beneficios con la cesión de esos datos. Google informó en su día que había publicado en una web, informes detallados  por países y por regiones sobre los desplazamientos de los ciudadanos para que las autoridades puedan comprobar si las restricciones se están cumpliendo cómo deberían. En este caso claro, los datos se fundamentan en varios presupuestos: personas que llevan el teléfono encima, que llevan la ubicación encendida, que usan el servicio de Google y además tienen encendido el servicio de ubicación, lo que impide conoce si esa muestra es significativa. Ignoro si Apple ha tomado alguna iniciativa parecida.

El Ministerio de sanidad publicó en el BOE del pasado día 28 de Marzo una orden ministerial mediante la que se regula, por un lado el desarrollo de una aplicación informática para el apoyo en la gestión de la crisis sanitaria, y por otro un estudio de de análisis de movilidad los días previos y durante el confinamiento.

Se han publicado muchas líneas sobre ambas iniciativas y la posible incidencia sobre la intimidad de los ciudadanos, por lo que es interesante detenerse en analizarlas.

  • ASISTENCIA COVID19 consiste en una aplicación móvil que permite al usuario autoevaluarse sobre el Covid-19 a partir de la existencia de síntomas concretos, con el fin de ofrecerle información y consejos prácticos. Esa app ya está en funcionamiento, y como quiera que cada comunidad autónoma tiene diferentes direcciones y teléfonos para dirigir al potencial paciente, la app debía permitir la geolocalización de la persona a los solos efectos de verificar que se encuentra en la comunidad autónoma donde dice estar. Tanto la instalación de la app, como la activación del sistema de geolocalización (para ese único fin) son absolutamente voluntarios.
  •  DATACOVID19. Es un estudio de movilidad  que siga el modelo que ya utilizó el año pasado el Instituto Nacional de Estadística (INE) “a través del cruce de datos de los operadores móviles, de manera agregada y anonimizada. El período de análisis de la movilidad se debía ceñir a los días previos y durante el confinamiento. La propia orden impone la necesidad de que los trabajos velaran por el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea, la ley orgánica de Portección de Datos y los “criterios interpretativos de la Agencia Española de Protección de datos.

En ningún caso, ni la aplicación ni el estudio están dirigidos a realizar un estudio personalizado de nuestros movimientos, por lo que la iniciativa es absolutamente respetuosa con el Derecho Fundamental a la Intimidad. Es cierto, y en esto existe una coincidencia plena, tanto en los técnicos como los juristas, que el Gobierno debería haber hecho un ejercicio de transparencia y claridad para despejar cualquier sospecha, sobre todo a la vista de determinadas prácticas que se han llevado a cabo en China, Corea o Singapur.

Cualquier iniciativa que se lleve a cabo (que no olvidemos se impulsa en un marco de alarma mundial por la existencia de la pandemia) y que, de manera directa o indirecta suponga la recolección de datos, debe ir acompañada de una explicación clara de cómo se van a anonimizar o agregar, porque (no lo podemos olvidar) los datos no siempre son anónimos. Esa explicación debe reforzarse poniendo a disposición de los expertos, los métodos utilizados, los recursos de protección y las garantías de privacidad.

Por tanto, las medidas adoptadas son proporcionadas y en ningún caso suponen una injerencia en el Derecho Fundamental a la Intimidad.

El Gobierno de España ya ha anunciado  la participación en un proyecto europeo que permitiría a una persona, que sabe que se ha infectado, ponerlo en conocimiento de una app, cuya misión es  archivar todos los móviles con los que el presunto infectado ha estado en contacto estrecho (mediante tecnología bluetooth). A todos ellos les saltaría una alarma para avisarle de ese hecho, al objeto de que el ciudadano decida o no hacerse las pertinentes pruebas de detección del virus Es un proyecto conocido como PEPP (Rastreo paneuropeo de proximidad para preservar la privacidad) y en él están trabajando ya Apple y Google, aunque no se prevé una pronta implementación.

Desde luego su desarrollo  tendría que contar con el consentimiento del ciudadano a la hora de incorporar la aplicación a su dispositivo móvil.

Es necesario ver cómo se  va a desarrollar esta iniciativa, pero no me cabe duda que son soluciones tremendamente invasivas en el Derecho Fundamental a la Intimidad y a la privacidad. A falta de concretar su desarrollo,el peligro (al menos aparente) que se advierte, es que van a manejar una información muy sensible, y no hay un sistema que asegure la seguridad al 100%. Si la solución tiene que pasar por ahí, la transparencia en el desarrollo de la aplicación y en los compromisos que se adquieran por parte del ejecutivo debe ser absoluta, y en este sentido las palabras del Ministro del Interior del pasado día 13, afirmando que «no se descarta la geolocalización de móviles para fines policiales» no hace sino dotar de mayor confusión y temor a la opinión pública (o al menos a quien suscribe estas líneas).

Soy de los que pienso, que no hay que ceder ni un ápice en el ejercicio de nuestras libertades y derechos, y si lo hacemos, debe ser voluntariamente y con pleno conocimiento de la razón.