Con ocasión de haber hecho un largo viaje, he tenido la oportunidad de ver una de esas películas que, cuando las ves, lamentas no haber ido al cine con ocasión de su estreno. “Ha nacido una estrella” es de esas producciones que, por muchas razones, logran que el espectador no pierda detalle de lo que cuenta y de como lo cuenta.
Una de las cosas que más me ha fascinado de la película es el extremo cuidado con el que el realizador trata los segundos planos. Segundo plano no es un término estrictamente cinematográfico, pero el lector me entenderá si le digo que me refiero a esas imágenes que no logran atraer inicialmente nuestra atención, marcada por el ritmo de la historia y de la imagen principal que se refleja en primer plano. Sin embargo los segundos planos son esenciales para que una narración sea creíble y la podamos dotar de pleno sentido.
La práctica del derecho penal me ha hecho tomar consciencia de los segundos planos; imágenes o historias que, en la mayoría de ocasiones no le damos relevancia porque aparentemente no tienen su reflejo en el código penal.
Las historias personales de muchos de nuestros clientes conforman esos segundos planos que al derecho no le interesan y, que por tanto, abogados, fiscales y jueces no les dan la importancia que a lo mejor puede tener. No se entiendan estas palabras como un reproche hacia abogados, fiscales y jueces. Estamos obligados a trabajar con lo que tenemos. Veáse como una propuesta concreta a quienes tienen la obligación de diseñar un sistema legal justo.
En mi trayectoria personal y profesional he sentido muchas veces la necesidad de poner de manifiesto la importancia de los segundos planos. Historias personales llenas de dramas y desgracias, personas que han tenido como referentes aquellos mayores que manejaban con destreza un arma blanca, un arma de fuego o un vehículo a motor. Niños que han aprendido el arte del timo, la estafa o el hurto, como asignaturas obligatorias de una enseñanza particular básica; adolescentes que han sentido la atracción de la jeringuilla como recurso para no asumir carencias y responsabilidades.
Y es que nuestras particulares historias, aunque no lo sepamos, se conforman por muchos más segundos planos que primeros. Por eso son importantes.
En materia de exigencia de responsabilidad criminal ¿qué importancia le damos a los segundos planos? Desde mi punto de vista, poca, muy poca o ninguna.
¿Es cuestionable el hecho de que nuestro derecho no otorgue relevancia al contexto social y ambiental en el que se desarrolla una persona? Formulo la pregunta de otro modo, ¿los condicionantes de crecimiento y desarrollo personal deben valorarse a la hora de determinar en el grado de culpabilidad de una persona declarada culpable de la comisión de un delito? ¿Pueden servir esos factores determinantes de su aprendizaje y conocimiento como circunstancias que incidan en la responsabilidad criminal de los sujetos?
Hoy en día, a pesar del trabajo de educadores sociales, trabajadores sociales y asistentes sociales (y que en el terreno de la justicia ni valoramos ni utilizamos lo suficiente), no existe una atenuante de la responsabilidad criminal que tenga su origen directo en el contexto social, ambiental o familiar en el que se desarrolla la persona. Esos segundos planos no se tienen en cuenta en las sentencias, que se limitan a contar una historia dura, poco matizada y en el que el ataque al bien jurídico protegido no permite apenas el análisis de esos segundos planos (el consumo de drogas es valorado como un hecho que atenúa la responsabilidad criminal por la afectación que la adicción supone para las facultades intelectivas y/o volitivas del responsable criminal), a pesar de que la sensibilidad de determinados magistrados los introducen en el momento de determinar la pena.
Sugiero que vean “Ha nacido una estrella” en la versión de Bradley Cooper. Fíjense en la secuencia en la que la maravillosa “Lady Gagá” decide salir al escenario a cantar “Shallow”, y vean como su acompañante en la aventura (un compañero de trabajo) junta sus manos se las acerca a la nariz, da tres o cuatro palmadas y cruza ligeramente los dedos. Valoren la emoción que transmite ese segundo plano.
Sin dejar de reconocer que el tema planteado no es fácil, e incluso polémico, muchas de las sentencias que leo les faltan segundos planos, y eso es así porque la ley no nos ofrece el margen adecuado, o porque no tenemos la imaginación suficiente para que aparezcan.
Y es que, casi siempre, nos quedamos en “la superficie”.
2 comentarios
Es la teoría de las ventanas rotas.
De considerar como un atenuante, no corremos el riesgo de convertir la excepción en la regla? (Making such behaviour more rampant than it already is).
https://www.iep.utm.edu/freewill/
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