Si. Un genio judío de Minessota al que nadie conoce como Robert Allen Zimmerman, dijo en el año 1964 que los tiempos están cambiando.
Bob Dylan es una de esas personas que, aunque no haya muerto, se le reconoce como inmortal. Yo sé muy poco de música, y menos de historia de la música, pero tengo la suerte de conocer a dos de las personas que más y mejor pueden hablar de Bob Dylan. Mi compañero y amigo Juan Carlos, y mi «compare» (con eso lo digo todo) Monse.
Han sido ellos los que me han enseñado que su nombre artístico se debe al poeta británico Dylan Thomas y los que me hicieron ver y la repercusión que, sobre su obra tuvo los poetas de la generación beat como Jack Kerouac, o Allen Ginsberg.
También ellos me enseñaron la influencia que ha tenido en su obra la música de Woody Guthrie, autor de ese clásico, de esa maravilla que es “This land is your land”, y que escucho gracias a sus consejos con relativa frecuencia.
De Dylan siempre he oído decir que sus canciones sirvieron para cambiar la cara al folk norteamericano, dándole un carácter contestatario pero sin renunciar al aspecto poético. Desde luego tiene mérito convertir en poesía una banalidad para decir “los tiempos están cambiando”. El tiempo siempre está en movimiento, nunca puede ser detenido, pero el mérito de Dylan es haberlo dicho utilizando la poesía y de la música como modo de hacernos llegar el mensaje.
¿Refleja el Derecho que los tiempos están cambiando?
Si. Sin duda. Podemos encontrar muchos ejemplos para demostrar ese convencimiento. Uno de los más claros es como se ha modulado el derecho de corrección de los padres hacia sus hijos.
Las agresiones físicas no son necesarias para educar y por ello, no se pueden justificar. Personalmente si creo que el derecho penal tiene que intervenir para castigar estos comportamientos. Ya me pronuncié en otra entrada de este blog que puedes consultar aquí.
Nuevos hechos que hemos visto recientemente en los medios de comunicación, y un pronunciamiento del Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, me llevan de nuevo a reflexionar sobre si al amparo del derecho de corrección se puede agredir a un menor.
Hasta el año 1981 el derecho de corrección estuvo reconocido de manera expresa pues el padre (y en su defecto a la madre) tenía la facultad de corregir y castigar a los hijos moderadamente. Ese año la norma fue modificada y se limitó la facultad de los padres respecto de sus hijos de tal manera que se suprimió la referencia al castigo, facultándose a los padres (sin distinción alguna) para corregir moderada y razonablemente a los hijos.
En 2007, con ocasión de la aprobación de la Ley de Adopción Internacional, quedó suprimida esa frase que reconocía el derecho de corrección. La razón de ello fue adaptar nuestra normativa a la Convención de los Derechos del Niño, de tal modo que se estableció a partir de ese momento la obligación de los progenitores de respetar la integridad física y psicológica de los hijos en el ejercicio de la patria potestad.
¿Ha desaparecido entonces el derecho de corrección?
No. No ha desaparecido. El derecho de corrección es una facultad inherente a la patria potestad, y no depende para que exista de que una norma lo reconozca de manera expresa. Cosa distinta es la determinación de su contenido y límites.
¿Los padres que dan un azote a su hijo cometen un delito de lesiones?
Y si le castigan a no salir un fin de semana: ¿cometen un delito de detención ilegal?
Golpear a un hijo es un hecho delictivo previsto en el artículo 153.2 del código penal, que está penado con pena de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad y además con la prohibición de aproximación, con lo que se impondría al autor la prohibición de convivir con su hijo durante cierto tiempo no inferior a un año.
El problema está en dilucidar dar un azote a un hijo (por leve que sea), o prohibirle a salir un fin de semana, puede estar justificado por el ejercicio del derecho-obligación a ejercer la patria potestad.
Ninguna persona puede agredir a otra. Pero si alguien lo hace para evitar una agresión previa, injustificada y no provocada, la ley no le castiga. En este caso, su comportamiento (la agresión que profiere a un tercero) está admitida por el derecho, y por tanto justificada. Es la legítima defensa. Tenemos el derecho a defendernos, y si agredimos a un tercero como consecuencia de una reacción defensiva previa, como nuestra acción está justificada el estado no nos impone una pena. (escribí sobre ello aquí)
La pregunta por tanto sería: En caso de dar un leve bofetón a nuestro hijo, o un azote ¿estaría justificada nuestra conducta al amparo del ejercicio legítimo de corregir o educar?
La respuesta no es fácil.
Hay autores que consideran que, como quiera que el derecho de corrección subsiste, correcciones mínimas, aunque supongan una agresión física, por su escasa relevancia, y como quiera que el derecho penal no debe ocuparse de asuntos triviales, no merecen ser penadas. Se argumenta, además, que el mal que se ocasionaría (recuerden la prohibición de convivir que es una pena accesoria obligatoria) sería mayor que el que se pretende evitar con la sanción.
Otros opinan que el propio significado de la palabra corrección, situada en un contexto educativo, no comprende los actos de violencia física que no puede ser admitida en ningún caso.
Finalmente hay juristas que si bien no justifican la acción (una bofetada, por ejemplo) piensan que, determinados casos insignificantes o socialmente aceptados no pueden formar parte del concepto de maltrato, el cual para estos supuestos debería ser interpretado restrictivamente. Acuden para justificar su tesis al principio de la adecuación social y de la insignificancia para considerar que el autor de la acción no merece una pena.
Una reciente sentencia del Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo (15 Magistrados) no de manera unánime pues dos magistrados expresaron su disconformidad con la mayoría ha establecido el criterio a seguir (puedes ver la sentencia aquí).
La disconformidad con la mayoría de esos dos magistrados, rompe un criterio unánime que se había expresado en resoluciones anteriores.
¿Es este un signo de involución? Es pronto para decirlo.
En esa sentencia se dio solución a un supuesto en el que un padre propinó un azote en las nalgas a su hija de 4 años porque no quería dormir y no paraba de llorar, provocándole una equimosis (contusión simple) de 4 días de evolución, que no requirió asistencia de médico. El padre resultó condenado a 4 meses de prisión y prohibición de aproximación a su hija por tiempo de un año y cuatro meses.
El Tribunal Supremo reproduce una doctrina expresada en una sentencia anterior que establece que la facultad que a los padres asiste para poder corregir a sus hijos, en cualquier caso, queda integrada dentro del conjunto de derechos y obligaciones que surgen de la patria potestad y solo puede concebirse orientada al beneficio de los hijos y encaminada a su formación integral, tiene como límite infranqueable la integridad física y moral de éstos. La reprensión ante una eventual desobediencia del menor nunca puede justificar el uso de la violencia (..).
Los Magistrados que expresan su desacuerdo, lo hacen precisamente al amparo del criterio expresado por la primera de las tesis que he expuesto más arriba y que considera que actos de escasa relevancia y que, en caso de merecer una condena llevarían unida a la pena principal la prohibición de comunicación entre padre e hijo, no merecen el reproche penal.
Exigen al órgano judicial valorar si el acusado actúa en un marco educativo, o es consecuencia de una relación personal en la que no existe ningún esfuerzo pedagógico.
Finalmente piden que los tribunales al examinar cada caso concreto, hagan una valoración del comportamiento desencadenante de la reacción del progenitor para ver si la reacción es proporcionada o no.
Como podemos observar las opiniones no son pacíficas, ni siquiera en la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Yo estoy seguro que a mis padres, los suyos les agredieron. Mis padres a mí me dieron algún azote que otro, sin embargo, yo no he pegado nunca a mis hijas, y estoy convencido de que ellas tampoco aplicarán castigos físicos a sus hijos, que serán, sin duda, personas educadas que harán este mundo mejor.
Dylan dijo que nuestros hijos e hijas están fuera de nuestro dominio. Nos recordó que nuestro viejo camino se está carcomiendo, y nos sugirió que dejemos paso al nuevo si no podemos echar una mano y es que el presente ahora será pasado después y es que…o sé muy bien hacia donde van, pero es verdad que los tiempos están cambiando.